
Una hipoteca se puede definir como una operación de crédito
que permite obtener un importe de dinero con el fin de adquirir,
rehabilitar o construir un bien inmueble.
La principal característica de la hipoteca, es que el inmueble
es la garantía de pago.
¿Quién me presta el dinero?
El dinero lo facilitan las entidades de crédito o como comúnmente
conocemos los bancos y cajas.
¿Cuándo se recibe el dinero?
En el momento en que se constituye la escritura hipotecaria del
inmueble.
¿Cómo se devuelve el dinero?
El dinero se devuelve poco a poco, mediante cuotas generalmente
mensuales y en el tiempo que se establezca, el máximo son
30 años.
¿Qué son los plazos de amortización?
Es el tiempo del que hablábamos en el apartado anterior;
son los años que se establecen en el préstamo para
su devolución total, que como hemos dicho anteriormente,
el máximo esta en 30 años. Es muy importante, analizar
que plazo de amortización te interesa más, ya que,
cuanto más largo sea, más intereses vas a pagar en
toda la operación; no obstante, cuanto más corto,
más alta será la cuota mensual a pagar.
¿Hasta que importe puedo obtener?
El importe que las entidades de crédito facilitan esta en
función de:
◊ Tus ingresos: se aconseja que la cuota mensual
en concepto de préstamo hipotecario no sea superior al 40%
de tus ingresos mensuales.
◊ Valor de tasación del inmueble: siempre
lo realizará una sociedad de tasación autorizada,
y siempre que los ingresos lo permitan. Una vez realizadas estas
dos acciones podemos estimar el importe del préstamo que
podrá ser de un 80% del total de la tasación, o incluso
más si tus garantías personales (avalistas) lo permiten.
¿Qué es el tipo de intereses?
Es el precio que pagarás por el dinero que recibes. Existen
varios tipos:
◊ Fijo: este interés permanece constante durante
toda la vida del préstamo, permitiendo que la cuota sea siempre
la misma, (cuota fija), ya que, no le afecta que los tipos de intereses
suban o bajen.
◊ Variable: este interés varía periódicamente,
recoge las subidas y bajadas del tipo de interés, con lo
cual también varía la cuota.
◊ Mixto: en el inicio de la operación el interés
es fijo y durante el resto de la operación pasa a ser variable.
◊ Cuota Fija: es un préstamo de interés
variable en el que siempre se paga la misma cuota, pero las oscilaciones
del tipo de interés lo que modifican es el plazo de la operación;
es decir si el interés sube tardarás más en
amortizar y si el interés baja, tardaras menos.
◊ Con Revolving: este permite reutilizar el capital
amortizado del préstamo hipotecario para financiar el consumo.
Máxima flexibilidad.
¿Qué
es el EURIBOR y el DIFERENCIAL?
El Euribor es el promedio del precio o el tipo de interés
al que las entidades financieras europeas más significativas
se prestan dinero en el mercado monetario. En conclusión
es un índice de referencia.
Por otra parte esta el Diferencial que es la cantidad que las entidades
financieras suman al índice de referencia.
La suma de ambas cantidades nos da como resultado el interés
final que nos aplicará la entidad bancaria. Hay que tener
en cuenta que la revisión del interés es anual generalmente,
y siempre se pacta en el contrato del préstamo.
Índice de referencia + Diferencial = Interés
de la operación
¿Qué
comisiones suelen cobrar las Entidades de Financieras?
Comisión de Apertura: es un porcentaje pequeño
que se aplica sobre el capital que se va ha conceder, por apertura
de préstamo.
Comisión de Estudio: es un porcentaje que
también se aplica sobre el capital solicitado, para el análisis
de la tramitación del préstamo.
Comisión de amortización y/o cancelación
anticipada: es un porcentaje que se aplica sobre el capital
ya amortizado o que se quiere cancelar anticipadamente.
Nuestro consejo es que visites varias entidades y elijas
el préstamo que mejor se adapte a tus necesidades por: capital,
tipo de interés, índice de referencia, plazo, comisiones…
¿Qué documentación hay
que presentar en el banco para tramitar el préstamo?
Estos documentos pueden variar en función de la entidad financiera
que elijas.
PERSONAS FISICAS
DOCUMENTOS PERSONALES PARA TRABAJADORES POR CUENTA AJENA
◊ Fotocopia D.N.I.-N.I.F. o el N.I.E. en el caso de extranjeros
no residentes.
◊ Fotocopia de las dos últimas nóminas recibidas.
◊ Fotocopia completa de la última Declaración
de Renta/Patrimonio.
◊ Acreditación de antigüedad en el empleo, categoría
laboral, tipo de contrato e ingresos anuales.
◊ Acreditación de otros ingresos, en su caso.
◊ Certificado de Registro Civil de separación de bienes
o capitulaciones matrimoniales, en los casos que proceda.
◊ Sentencia de separación o divorcio junto con convenio
regulador, en su caso.
OTROS DOCUMENTOS PERSONALES PARA TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA
◊ Fotocopia de las dos últimas declaraciones de Renta/Patrimonio.
◊ Liquidación Resumen-Anual de I.V.A. y pagos trimestrales
del año en curso.
◊ Balances y Cuenta de Resultados, en su caso, de los dos
últimos ejercicios.
◊ Ultimo recibo de Autónomos.
◊ Documentación que acredite los ingresos de la actividad.